Toda la información, funciones, estructura organizativa y contenido de los dictámenes
De acuerdo con lo previsto en el artículo 43 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, institución de la Generalitat de carácter público, es el órgano consultivo supremo del Consell, de la Administración autonómica y, en su caso, de las administraciones locales de la Comunitat Valenciana en materia jurídica.
El Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana fue creado por la Ley 10/1994, de 19 de diciembre.
El Consell Jurídic Consultiu se define en el artículo primero de su ley de creación como el supremo órgano consultivo del Consell de la Generalitat y de su Administración y, si procede, de las administraciones locales radicadas en la Comunitat Valenciana. También lo es de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y de las otras entidades y corporaciones de derecho público de la Comunitat Valenciana no integradas en la Administración autonómica.
En el ejercicio de la función consultiva, velará por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana y del resto del ordenamiento jurídico.
Goza para ello de autonomía orgánica y de funcionamiento, quedando así garantizada su objetividad y su independencia.
La consulta al Consell Jurídic Consultiu es preceptiva en los casos en que su ley de creación o cualquier otra así lo establezca, y facultativa en los demás casos. Los dictámenes que emite no son vinculantes, salvo que lo disponga una ley.
Las disposiciones aprobadas y las resoluciones que recaigan sobre asuntos informados por el Consell Jurídic Consultiu deberán expresar si se acuerdan o adoptan conforme al dictamen o si se apartan de él.
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